La convivencia en comunidades de vecinos puede verse afectada por la presencia de ruidos molestos, generando situaciones incómodas entre los residentes. Vamos a resumir la normativa aplicable y las posibles soluciones a este problema, destacando la importancia de mantener un ambiente tranquilo y respetuoso.
Normativa de ruidos molestos en la comunidad
La regulación de los niveles de ruido en comunidades de propietarios está respaldada por diversas normativas, como el Código Técnico de la Edificación, la Ley de Ordenación de la Edificación, la Ley de Propiedad Horizontal, la Ley del Ruido y numerosos Decretos autonómicos u Ordenanzas municipales de Protección del Medio Ambiente Urbano. Toda esta legislación termina por concretar adecuadamente lo que puede o no denominarse con el nombre de ruidos molestos, pues no todo lo que pueda llegar a molestar a una persona concreta se considerará finalmente como ruido molesto.
Legislación europea y valores establecidos
Según normativas europeas, el nivel de recepción externo en un uso dominante residencial no debe superar los 55 decibelios durante el día y 45 decibelios durante la noche. A partir de los 70 decibelios, se afecta la audición, pudiendo provocar sordera o dolor. La contaminación acústica impacta significativamente en la calidad de vida. No solo el volumen alto es motivo de denuncia, sino también ruidos molestos y constantes, incluso de baja intensidad, pueden dar lugar a acciones por parte de los afectados.
Adaptación a normativas locales
Aunque es fundamental considerar estos valores, también es necesario conocer la normativa local y las ordenanzas que regulan la definición de ruidos molestos. La falta de regulación específica no debe llevar a la resignación, ya que existen formas de defenderse. En algunos casos, se han implementado mapas de monitorización de los ruidos molestos en las ciudades, identificando zonas urbanas con incidencia especial. Las autoridades municipales muestran interés en abordar este problema para reducir conflictos entre ciudadanos.
Soluciones contra propietarios ruidosos en una comunidad de vecinos
La resolución de conflictos por ruidos molestos puede seguir varias vías, todas ellas enmarcadas en un contexto legal.
Diálogo y comunicación
La primera y más lógica vía es el diálogo directo con el vecino generador de ruidos molestos. Este intento de resolver la situación de manera amistosa puede ser efectivo. En caso de no obtener resultados positivos, se puede recurrir al presidente de la comunidad para que exija la inmediata paralización de las actividades que originan los ruidos.
Intervención comunitaria
Si el problema persiste, se puede convocar una junta de vecinos para tratar el tema. En este ámbito, se puede interponer una demanda que lleve a un juicio ordinario. El juez adoptará medidas cautelares para poner fin a la causa de los ruidos molestos, pudiendo afectar al propietario o inquilino con privación del uso de la vivienda y posibles indemnizaciones por daños y perjuicios.
Llegados a este punto puede ser necesaria la intervención de un abogado especialista en comunidades de vecinos que ayude a enfocar de manera adecuada la demanda, pues hay posibilidad de denunciar por vía civil o penal, y cada una de las opciones implica diversas actuaciones que hay que conocer de manera adecuada.
Acción individual y pruebas
En casos donde la comunidad no resuelve el problema, el propietario afectado puede recurrir a los tribunales de forma individual. Es esencial contar con un informe de medición acústica para demostrar que el nivel de los ruidos molestos supera los límites permitidos. Al igual que en el punto anterior, se recomienda la contratación de un abogado experto en propiedad horizontal que nos revele las diferentes opciones a nuestra disposición con el objetivo de defender lo mejor posible nuestros derechos.
Acumulación de pruebas y causas subyacentes
Es útil acumular pruebas, como mediciones de la policía municipal, escritos dirigidos al vecino, a la comunidad o al ayuntamiento. Además, los ruidos molestos pueden originarse por defectos de construcción, siendo responsabilidad de la constructora, si el edificio se encuentra en periodo legal de garantía, la reparación de los defectos hasta que el edificio esté en condiciones óptimas.
La gestión adecuada de los ruidos molestos en comunidades de vecinos contribuye al bienestar colectivo, promoviendo un entorno residencial armonioso y respetuoso. La comprensión y aplicación de la normativa vigente se revela esencial para mantener la convivencia pacífica entre los residentes.